- Nueva York
- Información útil
- Visados
Después de los atentados del 11S, se reformó la ley de inmigración por la que la mayoría de visitas a Estados Unidos deben ser aprobadas antes por el departamento de Seguridad Nacional.
Existen visados para turistas, por negocios, por trabajo, por intercambio, para tratamiento médico, de estudiante…
El visado, o visa, de placer o turismo (B-2), deberán solicitarlo los ciudadanos de países que no están incluidos en el Programa de Visa Waiver.
El permiso es para permanecer en el país no más de 90 días, y no da permiso a trabajar ni a recibir pagos mientras se esté en los Estados Unidos.
Los ciudadanos de países que sí están incluidos en el Programa de Visa Waiver pueden solicitar el visado B-2 si planean quedarse más de 90 días y deberán solicitarlo si no tienen el pasaporte de lectura mecánica (los que aparece la foto en grande en la página de datos).
Los países del Programa Visa Waiver
Los países incluidos en el Programa de Visa Waiver son: Andorra, Australia, Austria, Bélgica, Brunei, Dinamarca, España, Eslovenia, Estonia, Finlandia, Francia, Grecia, Hungría, Irlanda, Islandia, Italia, Japón, Letonia, Liechtenstein, Lituania, Luxemburgo, Malta Mónaco, Noruega, Nueva Zelanda, Países Bajos, Portugal, República Checa, República Eslovaca, República de Corea, San Marino, Singapur, Suecia, Suiza y Reino Unido.
Las leyes de inmigración son muy susceptibles a cambios, y cada persona deberá realizar un trámite personal. Así que lo mejor antes de viajar es cerciorarse en la Embajada de Estados Unidos de su país.